PLAN EMPLEO SOCIAL 2014-2015 EN FIRGAS.

 

PLAN EMPLEO SOCIAL 2014-2015 EN FIRGAS.

 

           

El día 16/07/2014 se firmó entre el Servicio Canario de Empleo y la FECAM, un Acuerdo Marco para el desarrollo de tareas de utilidad y reinserción social dentro del PROGRAMA EXTRAORDINARIO BIANUAL DE EMPLEO SOCIAL PARA EL AÑO 2014-2015, cuyo objetivo era establecer las características de las subvenciones a otorgar por el Servicio Canario de Empleo a los Ayuntamientos de Canarias, en los años 2014-2015, para la contratación de desempleados para el desarrollo de actuaciones extraordinarias de empleo y utilidad social, correspondiendo al Ayuntamiento de Firgas una financiación total de 45.454,54 euros.

Con fecha 30/07/14, el Ayuntamiento de Firgas aprobó en Junta de Gobierno Local la adhesión al citado Acuerdo Marco, así como la solicitud de financiación al Servicio Canario de Empleo para los proyectos a ejecutar en Firgas, en las anualidades 2014 y 2015.

ANUALIDAD 2014

PROYECTO.

“LIMPIEZA DE ZONAS PÚBLICAS URBANAS Y RURALES EN FIRGAS 2014”.

DURACIÓN.

6 meses.

OCUPACIÓN.

Peón. 97001104.

PERIODO INICIO PREVISTO.

29/09/14.

PERIODO FIN PREVISTO.

28/03/15.

Nº TRABAJADORES

4.

Jornada 70 %.

SELECCIÓN.

Oficina de Empleo. Servicio Canario de Empleo.

OBJETIVO.

Revalorización de espacios-zonas públicos urbanos y naturales, mediante la limpieza de sus accesos y zonas de influencia.

ANUALIDAD 2015

PROYECTO.

“LIMPIEZA DE ZONAS PÚBLICAS URBANAS Y RURALES EN FIRGAS 2015”.

DURACIÓN.

6 meses.

OCUPACIÓN.

Peón. 97001104.

PERIODO INICIO PREVISTO.

01/04/15.

PERIODO FIN PREVISTO.

30/09/15.

Nº TRABAJADORES

4.

Jornada 70 %.

SELECCIÓN.

Oficina de Empleo. Servicio Canario de Empleo.

OBJETIVO.

Revalorización de espacios-zonas públicos urbanos y naturales, mediante la limpieza de sus accesos y zonas de influencia.

 


REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES:

 

Según lo previsto en el Acuerdo Marco firmado entre la FECAM y el SCE, serán requisitos necesarios para participar en la selección:

  1. Tener 18 años cumplidos y menos de 65 años.
  2. Estar inscrito/a como demandante de empleo desempleado en el Servicio Canario de Empleo durante un periodo de 6 meses en los últimos 24 meses.
  3. Figurar empadronado/a en el municipio con una antigüedad superior a 6 meses.
  4. Estar vinculado/a el candidato/a a la ocupación propuesta.
  5. Personas con más de 12 meses en situación de desempleo.
  6. Personas desempleadas mayores de 45 años.
  7. Personas con discapacidad.
  8. Perceptores de cualquier prestación o subsidio de desempleo, excluidos perceptores procedentes de medidas temporales de regulación de empleo.

COLECTIVOS PRIORITARIOS:

Según lo previsto en el Acuerdo Marco firmado entre la FECAM y el SCE, serán colectivos prioritarios los siguientes:

CRITERIOS DE SELECCIÓN  POR EL SCE:

Según lo previsto en el Acuerdo Marco firmado entre la FECAM y el SCE, serán criterios de selección los siguientes:

a) Las personas desempleadas integrantes de unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo retribuciones o prestación alguna. En ningún caso podrán trabajar en este programa más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiera otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir o se presentara informe favorable de los Servicios Sociales.

b) Personas en situación de desempleo de larga duración o en exclusión social o en riesgo de padecerla. A los efectos del presente programa, se entenderá por persona en riesgo de exclusión social o en riesgo de padecerlo, aquella en la que concurran, al menos, dos de las siguientes circunstancias:

-        Personas sin recursos ni posibilidades de cubrir sus necesidades básicas.

-        Perceptores de renta mínimas de inserción y/o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza.

-        Ausencia de redes sociales y familiares.

-        Personas sin vivienda o vivienda precaria y/o en riesgo de embargo.

-        Personas desempleadas por un periodo superior a 24 meses.

c) Personas respecto de las cuales se haya emitido informe de servicios sociales municipales en el sentido de que sus circunstancias personales y/o familiares recomienden la incorporación a fuentes generadoras de rentas.

d) Se aplicará con carácter general en la selección el principio de no repetición y rotación.

e) Se tendrá en cuenta la circunstancia de formar parte de unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo rentas o prestaciones por un importe superior a 250 euros/persona.

f) Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado.

En la Villa de Firgas, a diez de septiembre de dos mil catorce